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¿Cómo funciona la legítima en Cataluña? Todo lo que necesitas saber

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¿Quieres saber cómo funciona la legítima en Cataluña? Si es así, estás en el lugar adecuado. La legítima es un tema fundamental cuando se trata de sucesiones y herencias. En Cataluña, la legítima es un derecho de crédito que reconoce la ley a ciertas personas para obtener un valor económico de la herencia del causante. En este artículo, repasaremos algunos conceptos básicos sobre cómo funciona la legítima en Cataluña.

¿Qué es la legítima?

La legítima es una parte de la herencia que se reserva a ciertos herederos forzosos, como los descendientes y ascendientes. Esta parte no se puede disponer libremente en un testamento y su objetivo es proteger los derechos sucesorios de los herederos forzosos.

En Cataluña, la legítima está regulada por el Código Civil Catalán. La legítima puede variar dependiendo de cada comunidad autónoma, por lo que es importante conocer la ley de sucesiones en cada lugar.

Legitimarios en Cataluña: ¿quiénes tienen derecho a la legítima?

En el caso de la legítima en Cataluña, los legitimarios por ley son los siguientes:

  • Todos los hijos del causante por partes iguales.
  • Los hijos premuertos, los desheredados justamente, los declarados indignos y los ausentes son representados por sus respectivos descendientes por estirpes.
  • Los ascendientes del causante serán legitimarios en ausencia de los descendientes. En este caso, solo serán legitimarios su padre y/o madre, por lo que, en ausencia de ellos, tal derecho no pasaría a los abuelos del causante.

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Alberto Ribes Díaz

¿Cuál es la cuantía de la legítima en Cataluña?

La cuantía de la legítima en Cataluña es la correspondiente a la cuarta parte de la cantidad que resulte del valor de los bienes de la herencia en el momento del fallecimiento del causante. Esta cantidad se calcula deduciendo las deudas y los gastos de última enfermedad y entierro, y se le suma el valor de los bienes que el causante hubiera donado durante los 10 años previos a su muerte. Es importante tener en cuenta que las donaciones realizadas en los últimos 10 años antes de la muerte del causante se presumirán siempre imputables a la legítima.

Donaciones imputables a la legítima

Se consideran imputables a la legítima las donaciones inter vivos otorgadas por el causante con pacto expreso de imputación, o bien las hechas en pago o a cuenta de la legítima. El valor de los bienes que han sido objeto de donaciones imputables a la legítima debe computarse, en todo caso, con independencia de la fecha de la donación.

¿Cómo se puede modificar la legítima?

Es posible modificar la legítima a través del testamento con la desheredación, siempre y cuando exista causa justificada. Si no se respeta la legítima de los herederos forzosos no desheredados, estos pueden reclamar su parte en la herencia.

¿Se puede renunciar a la legítima?

La renuncia a la legítima debe realizarse por escrito ante notario y con la aceptación de todos los herederos forzosos. Si uno de ellos no acepta la renuncia, esta no tendrá efecto.

Conclusiones sobre la legítima

Es importante conocer la legítima en Cataluña para proteger los derechos de los herederos forzosos y evitar conflictos en la sucesión. 

Desde GestoRibes Abogados, somos especialistas en tramitar la reclamación de legítima en Barcelona y ofrecemos asesoramiento a aquellos legitimarios que quieran reclamar aquello que por ley les corresponde.

Recuerda que la consulta telefónica al teléfono 93 276 92 77 o al correo ribes@gestoribes.es es gratuita y meramente informativa.

Preguntas Frecuentes sobre la legítima

  • ¿Qué es la legítima? La legítima es una parte de la herencia que se reserva a ciertos herederos forzosos.
  • ¿Cuánto me tienen que pagar de legítima? La legítima en Catalunya es un 25% del total de todos los bienes de la herencia, dividido entre tantos hijos como haya.
  • ¿Cómo se distribuye la legítima en Cataluña? La legítima se distribuye de manera diferente dependiendo de la situación de los herederos. En caso de que existan descendientes, se distribuye de manera igualitaria entre los hijos. Si no hay descendencia, la legítima se distribuye en su totalidad para el los padres.
  • ¿Se puede modificar la legítima? Es posible modificar la legítima a través del testamento con la desheredación.
  • ¿Cómo se realiza la renuncia a la legítima? La renuncia a la legítima debe realizarse por escrito ante notario y con la aceptación de todos los herederos forzosos

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