aboogados expertos herencias

Los legados en el Código Civil Catalán: claves, beneficios y requisitos legales

legados-cataluña

Los legados en el derecho civil catalán

El Capítulo VII del Código Civil de Cataluña (CCC) regula los legados, una figura jurídica que permite al testador dejar bienes o derechos a una o varias personas determinadas. Los legados tienen ciertas particularidades que los diferencian de otras figuras, como las donaciones, por lo que es importante conocer su régimen jurídico. En este artículo analizaremos las características, clases, capacidad para recibirlos, forma de hacerlos, ejecución y revocación de los legados en el derecho civil catalán.

Características de los legados

  • El carácter voluntario

Los legados tienen carácter voluntario, lo que significa que el testador no está obligado a dejar nada en legado. Si decide hacerlo, el legatario adquirirá una expectativa de derecho que se materializará al momento del fallecimiento del testador.

Diferencias entre legado y donación

El legado también tiene efectos jurídicos diferentes a los de la donación, ya que el legatario no se convierte en propietario del bien desde el momento en que se otorga el testamento, sino que adquiere una mera expectativa de derecho. Además, en la donación el donante debe transmitir el bien de forma inmediata, mientras que en el legado se puede hacer con cargo a la herencia.

Podemos ayudarte

Somos abogados especialistas en herencias en Barcelona. Disponemos de más de 30 años de experiencia experiencia en el sector. Contacta con nosotros e infórmate sin compromiso.

Concertar Visita Gratuita


contactar con un abogado

Alberto Ribes Díaz

Clases de legados

El CCC distingue varias clases de legados.

  • El legado de cosa cierta

El legado de cosa cierta es aquel en que el testador deja una cosa determinada, por ejemplo, un inmueble o una joya.

  • El legado de cantidad

El legado de cantidad se refiere a una cantidad de cosas, como por ejemplo, 10.000 euros en efectivo.

  • El legado de género

El legado de género es aquel en el que se deja un bien de una clase o género determinado, como por ejemplo, una colección de sellos.

  • El legado de prestación periódica

Finalmente, el legado de prestación periódica es aquel que se realiza con periodicidad, como por ejemplo, el pago de una renta vitalicia.

Capacidad para recibir un legado

Tanto los herederos como los legatarios deben tener capacidad para recibir un legado. En cuanto a los herederos, deben tener capacidad para suceder al testador. Por su parte, los legatarios deben ser personas físicas o jurídicas que puedan adquirir derechos y cumplir con las obligaciones que se deriven del legado.

Forma de hacer el legado

Para hacer un legado, el testador debe cumplir con ciertos requisitos formales. En primer lugar, debe expresar su voluntad de dejar bienes o derechos en legado. Además, debe identificar de forma clara y precisa a los legatarios y los bienes o derechos que se les otorgan. El legado puede hacerse en el testamento, en cuyo caso se rige por las normas que regulan esta figura.

Ejecución del legado

Una vez fallecido el testador, corresponde al heredero ejecutar el legado.

Ejecución por parte del heredero

Para ello, debe identificar los bienes o derechos que han sido legados y hacer entrega de los mismos al legatario.

Ejecución por parte del legatario

Si el heredero no cumple con el legado, el legatario puede exigir su cumplimiento mediante un procedimiento judicial. Por su parte, el legatario está obligado a cumplir con las cargas que se hayan impuesto en el legado.

Revocación del legado

La revocación del legado puede ser voluntaria o involuntaria. En el primer caso, el testador puede revocar el legado en cualquier momento antes de su fallecimiento. En el segundo caso, el legado puede quedar sin efecto si el bien legado se pierde o se destruye antes del fallecimiento del testador.
En cualquier caso, la revocación debe hacerse de forma expresa y mediante una declaración escrita y firmada por el testador. Además, el testador debe comunicar la revocación al legatario. Si el legado ha sido realizado en testamento, la revocación debe hacerse mediante otro testamento posterior que lo expresamente lo declare.

Fiscalidad de los legados en Cataluña

En Cataluña, los legatarios deben tener en cuenta la fiscalidad de los legados. El impuesto sobre sucesiones y donaciones se aplica a todas las adquisiciones sucesorias, incluyendo los legados. Si un legatario renuncia al legado, esto puede afectar a la tributación.

Renuncia de legados y efectos en la tributación

Por ejemplo, si la renuncia es pura, simple y gratuita, la persona que recibe la renuncia debe liquidar el impuesto. Pero si la renuncia se produce después de que haya prescrito el impuesto correspondiente, se considera una donación a efectos fiscales.
Cálculo de la parte correspondiente al legatario

La parte correspondiente al legatario se calcula a partir de la masa hereditaria neta. Si el legatario recibe una cantidad de un seguro de vida, se suma al legado. También se suman las donaciones recibidas en los cuatro años anteriores a la defunción para calcular el tipo medio de la sucesión.
Reducciones en la base imponible del legatario

La base imponible del legatario puede reducirse mediante tablas de reducciones emitidas por la Agencia Tributaria catalana. En algunos casos, se pueden aplicar reducciones de hasta el 95%, como en el caso de adquisiciones por parte de personas con vínculos laborales o profesionales con el causante. También puede haber reducciones si el legado consiste en elementos patrimoniales utilizados en una explotación agraria.

Deducciones posibles para los legatarios

La cuota tributaria se determina mediante tarifas y coeficientes emitidos por la Agencia Tributaria catalana. Se pueden hacer deducciones, pero las deudas a favor de legatarios de parte alícuota no son deducibles.

Es importante tener en cuenta estas consideraciones fiscales al aceptar un legado en Cataluña.

Contratar a un abogado experto en la liquidación de impuestos de sucesiones y donaciones, como GestoRibes Abogados, puede marcar la diferencia en la reducción de la carga fiscal para el contribuyente.

La complejidad de los procesos fiscales que involucran a los legados en Cataluña puede generar costos elevados y errores que resultan en una mayor tributación para el legatario. Por ello, es importante contar con la asesoría de un abogado que pueda aplicar las tablas de reducciones y coeficientes adecuadas para cada caso, y de esa manera lograr una reducción significativa en la carga fiscal del cliente.

Además, un abogado especializado en sucesiones y donaciones puede garantizar que el proceso de liquidación se realice de manera eficiente y sin errores, lo que puede evitar sanciones y multas. En resumen, contar con un abogado experto en el área puede ser una inversión valiosa para reducir la carga fiscal y asegurar un proceso de liquidación de impuestos exitoso y sin problemas.

En GestoRibes Abogados llevamos más de 30 años liquidando todos los impuestos relacionados con las herencias y legados, con plena satisfacción de nuestros clientes.

Visita Gratuita

Evaluamos su caso sin compromiso

GestoRibes Abogados

Expertos en Herencias y Reclamación de Legítimas en Barcelona

¿Dónde estamos?

Paseo Verdum 55-57, 1º 5ª

08042 BARCELONA (Nou Barris)

Paseo Valldaura 218-220 (1º 5ª)

08042 Barcelona (Nou Barris)

como llegar  Llucmajor (estamos junto a la salida del metro)

  C/ Felanitx 10

certificado_LSSI_01